Liliana Cuesta Guerrero, natural de Marmato,

Liliana Cuesta Guerrero, natural de Marmato, Foto aportada por el familiar. 

"El domingo 21 de septiembre arrollaron a mi hermana en la entrada al corregimiento de Irra (Risaralda), vía Manizales-Medellín. Según versiones, es un motocarguero el causante. El hombre huyó del lugar, no le prestó los primeros auxilios, ni pidió ayuda y la dejo tirada en la vía".

Esto expresa el hermano de Liliana Cuesta Guerrero, natural de Marmato, quien se encuentra delicada de salud en la clínica Los Nevados, de Pereira, a la espera de nuevas intervenciones quirúrgicas.

"Solo sabemos que es un motocarro blanco que iba en el sentido hacia el peaje de Irra y realizó el giro prohibido al devolverse. En ese momento iba pasando mi hermana en la moto Pulsar y chocó de frente contra el motocarro. Este conductor, al ver el accidente, emprendió la huida sentido Irra-La Felisa. Solicitamos los vídeos de la Concepción Pacífico 3 y no hemos obtenido respuesta. Si tienen información pueden comunicarse al 316 347 99 51", añadió el familiar afectado.

 

Delitos por huir de un accidente

1. Omisión de socorro: El que omita, sin justa causa, auxiliar a una persona cuya vida o salud se encuentre en grave peligro, incurrirá en prisión de 32 a 72 meses.

2. Cuando se atropella o lesiona a alguien con un vehículo, se incurre en algo que se llama lesiones culposas. Si el afectado muere, se habla de homicidio culposo. Este se agrava cuando se causa en estado de embriaguez, bajo el efecto de sustancias alucinógenas o se abandona sin justa causa el sitio del accidente (fuga). En esos casos, así haya indemnización, no puede archivarse. De no existir agravantes y sí indemnización, se acude ante el juez penal del circuito, si es homicidio culposo; o penal municipal, si son lesiones personales culposas, para que el fiscal delegado solicite la preclusión de la investigación y el archivo del proceso.

- Para el homicidio culposo, según el artículo 109 del Código Penal, la pena mínima es de 32 meses y, la máxima, de nueve años. La multa, de 26,66 salarios mínimos legales mensuales vigentes y se prohíbe conducir vehículos entre cuatro y siete años y medio.

- Para las lesiones, depende de la gravedad del resultado de las heridas, que dictamina Medicina Legal. Por ejemplo, si produce deformidad permanente, la pena mínima es de 32 meses, pero queda en 6 meses y 12 días, porque el delito se comete de manera culposa (sin intención) y se rebaja las 4/5 partes.

Recomendaciones

  • No conducir bajo los efectos del alcohol
  • Usar el cinturón de seguridad y el casco de protección
  • Evitar el exceso de pasajeros
  • Mantener una distancia segura entre vehículos
  • Evitar distracciones como el uso del celular
  • Mantener ambas manos en el volante
  • Revisar las condiciones de la vía
  • Conducir a la defensiva
  • Estar preparado para enfrentar emergencias
  • Planificar la ruta y consultar el estado del clima
  • Revisar el estado del vehículo, especialmente el sistema de frenos, dirección y luces
  • Tener previsto conductor designado
  • Evitar conducir apurado
  • Estacionar en la berma en caso de avería
  • Tener un botiquín de primeros auxilios
  • Tener los contactos de emergencia a mano
  • Recomendaciones para conducir en zonas rurales
  • Evitar adelantamientos
  • Mantener una distancia mayor que en las autopistas
  • Transitar a velocidades más bajas
  • Inspeccionar el vehículo antes de emprender el viaje.

 


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