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Leopoldo Múnera y José Ismael Peña sobre quienes se centra la disputa por la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia 2024-2027. Múnera se pronunció acerca del fallo del Consejo de Estado en relación con las demandas contra Peña. Lea lo que sigue en este caso.
El Consejo de Estado decidió, en una sentencia conocida el jueves, no anular la elección de José Ismael Peña Reyes como rector de la Universidad Nacional. Y dejó claro que lo anterior no implica que esto tenga como consecuencia su regreso al cargo.
Entonces, la designación de Peña, a cargo de quienes conformaban el Consejo Superior Universitario (CSU) el 21 de marzo del 2024, fue legal.
El alto tribunal indicó: “La Sección Quinta valoró las pruebas allegadas y encontró demostrado que el CSU adelantó el proceso electoral que culminó con la elección del demandado de conformidad con las normas legales y estatutarias que lo regulan”. Hasta ahí, queda claro.
La otra y que llama la atención es la siguiente: "Se debe advertir que la decisión de negar la nulidad a la elección de Peña no implica que esto tenga como consecuencia su regreso al cargo".
Por eso, en el fallo el Consejo advirtió que no se refiere a los vicios relacionados con el acto de posesión de Peña como rector de la Unal, por no ser cuestiones relativas a la validez o legalidad del acto de designación.
La Sala amplió este punto: "Si bien los actores presentaron reparos en cuanto a la irregularidad de la posesión del demandado en el referido cargo, por la falta de suscripción del acta 5 del 21 de marzo de 2024, lo cierto es que, como lo puso de presente la representante del Ministerio Público, este no es un aspecto sobre el cual deba pronunciarse este juzgador, teniendo en cuenta que no es objeto del medio de control de nulidad electoral, previsto en el artículo".
No y sí
El actual rector de la U. Nacional, Leopoldo Múnera, fue uno de los demandantes de la elección de Peña. En relación con el fallo ratifica que lo acepta, al igual que la decisión que salga sobre la demanda en contra de su elección.
El mismo Múnera, al analizar el fallo sobre Peña, considera que hay dos cosas claras. Una es que la designación fue legal. Y la otra: "que no hay restablecimiento del derecho, es decir, que el profesor Peña no va a ser posesionado como rector de la Universidad Nacional".
Otra cosa piensa Camilo Younes, exvicerrector de la sede Manizales y presidente del sindicato Atenea, que reúne a personal de la institución.
Empieza con que lo natural es que se declare nula la designación de Múnera, ya que los supuestos sobre los que se basó el CSU en la sesión del 6 de junio de 2024 quedan desvirtuados.
Por eso afirma: "Así las cosas, una vez se decida el proceso contra el profesor Múnera y teniendo en cuenta que no hay pronunciamiento alguno sobre la legalidad de la posesión del profesor Peña, este último retornará inmediatamente a la Rectoría, ya que jurídicamente todo regresará al Estado como estaban las cosas el 6 de junio de 2024 a las 8:00 a.m. es decir, con el profesor Peña como rector legalmente designado y en ejercicio de sus funciones".
Fallo pendiente
Leopoldo Múnera llegó al cargo el 6 de junio del 2024, tras ser elegido por el Consejo Superior Universitario (CSU). Se debe recordar que primero el CSU, el 21 de marzo, había designado a Peña, luego de la consulta interestamental del 12 de marzo de ese año.
La escogencia de Peña generó manifestaciones y un paro de estudiantes, que consideraban que el rector debía ser Múnera, quien obtuvo el 34,4% de la votación, mientras Peña logró el 8,4%.
En el pliego de peticiones exigieron la renuncia de José Ismael Peña, o la designación de un nuevo rector. La solicitud fue acogida y el CSU se reunió de nuevo, ya Laura Vianey Quevedo como representante estudiantil. La designación de Peña fue anulada y seguidamente Múnera ocupó el cargo.
El primero de agosto del 2024, el Consejo de Estado informó que admitió la demanda presentada contra la elección de Múnera, como rector de la Unal.
Una de las ocho demandantes es la senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático. "Su nombramiento estuvo viciado y desconoció la elección legítima de José Ismael Peña. Múnera fue impuesto por el Gobierno con leguleyadas, ignorando que el Consejo ya había escogido rector. No fue una elección, fue una maniobra política", manifestó la congresista en su momento.
Eso significa que a esta historia le falta otro capítulo, que también están en manos del Consejo de Estado y que a la vez esta como para alquilar balcón, ante la expectativa que ha generado en el país.
Dos puntos clave
Los siguientes son puntos cruciales del fallo del Consejo de estado sobre la elección de Ismael peña, como rector de la Unal:
1. Los demandantes
El 12 de marzo de 2024, se adelantó la consulta previa a la comunidad académica6 de la UNAL, en la cual resultó ganador Leopoldo Alberto Múnera Ruiz, con el 34,4% de la votación, mientras que José Ismael Peña Reyes obtuvo el 8,4% de los apoyos. En criterio de los actores, debió elegirse rector de la UNAL a Leopoldo Múneray no Peña. "El CSU tenía la obligación de exponer las razones por las cuales «se apartaba» de los resultados obtenidos en la consulta previa a la comunidad académica.
Consejo de Estado
No se evidencia la vulneración normativa alegada, como quiera que
el CSU no estaba obligado a escoger al candidato que quedó en primer lugar en la consulta a la comunidad académica, sino a tener en cuenta a los cinco aspirantes con mayores opiniones ponderadas.
2. Los demandantes
Expusieron que el 21 de marzo de 2024, en la sesión extraordinaria, la mayoría de los integrantes del CSU decidieron remplazar el método que «históricamente» se había aplicado para elegir al rector, pues se cambió i) el voto público por el secreto y ii) el directo a la votación ponderada (método Borda), con rondas clasificatorias que culminan con voto único directo hasta lograr la mayoría absoluta. Por eso, en su criterio, la elección vulneró el voto directo previsto en los artículos 17 del Reglamento Interno del CSU13 y 72 del Estatuto General, pues se optó por el «método Borda», el cual no refleja la mayoría absoluta ni permite la votación a favor o en contra de un candidato. Resaltaron que el demandado no lideraba las primeras rondas de votación, no obstante, quedó elegido, mientras que, de haberse aplicado votación directa y no el método Borda, el elegido, desde el comienzo, sería Múnera Ruiz; sin embargo, «fue eliminado en rondas posteriores».
Consejo de Estado
Con independencia del sistema de elección adoptado por el órgano colegiado en oportunidades anteriores, se resalta que es competencia del CSU decidir la metodología con la cual se debe designar al rector, tal como ocurrió en la sesión del 21 de marzo de 2024, en la cual se aprobó la propuesta de votación ponderada con rondas eliminatorias con el apoyo de cinco de los ocho consejeros voto, de acuerdo con lo exigido el artículo 72100 del Estatuto General de la UNAL, que establece que «las decisiones101 se tomarán con el sufragio favorable de la mayoría de los miembros presentes». No se advierte irregularidad respecto a la adopción de una metodología de votación diferente a las acordadas en elecciones anteriores, pues, como se demostró, es una facultad atribuida.