Foto | Archivo | LA PATRIA
Monseñor Tulio Duque Gutiérrez, señalado de encubrir casos de abuso de menores, fue obispo de Pereira entre el 2001 y el 2011.
El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Pereira condenó el 7 de julio del 2011 al sacerdote Jairo Alzate Cardona a pagar 7 años y 1 mes de prisión por acceso carnal abusivo con menor de 14 años. Murió mientras purgaba su pena en una cárcel de Pereira.
Este sujeto, quien fue párroco de la iglesia de Viterbo, sometió a sus vejámenes, en el 2008, a un estudiante de una institución educativa de la capital de Risaralda, a quien castigaba para evitar que saliera a descanso y así abusar de él.
Hace una semana, Casa Macondo expuso las declaraciones de monseñor Tulio Duque Gutiérrez, quien fue obispo de la Diócesis de Pereira y es natural de Pácora, en las que reconoció que encubrió a Alzate Cardona.
Según el medio de comunicación, al abusador lo denunciaron los padres de un acólito en el 2005, por lo que el caldense optó por suspenderlo y enviarlo a un centro de reflexión y tratamiento espiritual y psicológico en La Ceja, Antioquia.
Tres años después le permitió volver a ejercer y de nuevo, abusó de otro menor, caso por el que lo condenaron. Duque Gutiérrez reconoció en esas declaraciones que sabía que el señalado volvería a tener contacto con menores y lo asignó a una parroquia en Pereira. Esto lo informó ante el clero, pero todos decidieron callar y no denunciar.

Foto | Tomada de elexpreso.co | LA PATRIA
Jairo Alzate Cardona, condenado por un caso de abuso, estaba señalado por otros tres en Caldas y Risaralda.
Diócesis de Pereira: responsable
Tras la exigencia de indemnización de la familia del menor abusado en el 2008, la Corte Constitucional determinó que la Diócesis de Pereira es civilmente responsable, además deberá adoptar protocolos de prevención, protección y denuncia.
En el 2011, la familia de la víctima solicitó la apertura del incidente de reparación integral contra Alzate Cardona y pidió la vinculación del municipio de Pereira, la Diócesis y la Conferencia Episcopal de Colombia como terceros civilmente responsables.
El Juzgado Segundo Penal del Circuito condenó en el 2012 solidariamente al abusador y al municipio a pagar una suma de dinero por perjuicios morales. Sin embargo, exoneró a los otros dos involucrados, por lo que las víctimas impugnaron la decisión.
En abril del 2023, el Tribunal Superior de Pereira determinó que el único responsable de indemnizar al niño, a su madre y su abuela, era el condenado, sin la vinculación de los otros entes. El 8 de julio del 2024, la familia interpuso una acción de tutela contra dicha decisión, en la que incluía al tío y una prima.
Errores del Tribunal
La Corte Constitucional consideró, en sentencia del 24 de julio, que el Tribunal de Pereira incurrió en un defecto procedimental absoluto al no valorar las pruebas en detalle, por lo que ordenó amparar los derechos al debido proceso, acceso a la administración de justicia y reparación integral.
En consecuencia, dejó sin efectos la decisión de segunda instancia en el incidente de reparación y por el contrario, en un término de 30 días se dicte una sentencia, en la que se deberá declarar responsable civilmente a la Diócesis de Pereira y tasar el daño, en el que se incluya a la prima y al tío del menor. Además debe presentarse una reparación simbólica.
La Corte ordena evitar revictimización
Tanto el Tribunal Superior de Manizales como el Juzgado Segundo recibieron la orden de examinar las solicitudes de reparación integral de niños y adolescentes, dar celeridad a estos casos y se abstengan de reproducir en sus fallos afirmaciones revictimizantes.
Diócesis y Conferencia, a rendir cuentas
- En un término de 3 meses, ambas instituciones deberán remitir al ICBF, Defensoría del Pueblo y Fiscalía General de la Nación las denuncias de abuso sexual cometidas presuntamente por miembros de la congregación religiosa.
- También deberán establecer normas, mecanismos, procedimientos y protocolos que garanticen la denuncia en casos en los que se sospeche que algún sacerdote incurrió en casos de abuso contra menores.
- Deberán informar esto a las instituciones educativas, fundaciones en las que los párrocos puedan tener contacto con niños y adolescentes.
- Tras recibir denuncias, tendrán que adoptar un protocolo inmediato de protección y prevención, mientras se investigan los hechos, que incluyan la prohibición de tener acercamientos con menores.
Investigarán posibles omisiones
La Corte Constitucional ordenó compulsar copias ante la Fiscalía y el ICBF para que investiguen los actos y omisiones de los obispos y sus superiores de la Diócesis de Pereira por no denunciar los casos.
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