A partir de hoy y hasta que sea elegido el nuevo presidente de la República rige en Colombia la segunda fase de la llamada Ley de Garantías Electorales (Ley 996 del 2005), con la que se pretende blindar los recursos públicos para que no sean usados a favor de ninguno de los candidatos en contienda. La creación de esa norma obedeció a la coyuntura especial en la que por primera vez un presidente en ejercicio (Álvaro Uribe Vélez) buscaba la reelección en el cargo, y surgía la figura del candidato-presidente. Hoy se cuestiona si dicha ley debe eliminarse o sufrir transformaciones profundas, tomando en cuenta que la reelección presidencial fue abolida.
Como sea, las reglas de juego actuales establecen el acatamiento estricto de esta ley, y su primera fase de alcance meramente territorial se activó el pasado 11 de noviembre debido a las elecciones parlamentarias del próximo 11 de marzo. Por eso, ahora, las entidades del Estado en todos sus órdenes, tienen restricciones para contratar de manera directa y para establecer convenios interadministrativos durante los próximos cuatro o cinco meses, dependiendo de si el nuevo mandatario de los colombianos es elegido en primera (mayo 27) o en segunda vuelta (junio 17).
Si bien durante este tiempo queda la posibilidad de realizar licitaciones y concursos, así como contratación abreviada y de mínima cuantía, la dinámica de las administraciones se afecta en forma seria y muchos procesos y proyectos quedan truncados. Sin duda el espíritu de la norma es sano, pero en otras ocasiones la realidad es que se genera un efecto perverso que se traduce en verdaderas avalanchas de contratos antes y después del periodo de restricción.
Eso parece ser lo ocurrido durante este mes de enero en la Gobernación de Caldas, donde en 25 días se firmaron cientos de contratos, según el Sistema Electrónico de Contratación Pública (Secop). Ahora bien, esto no quiere decir que se esté haciendo un mal uso de los recursos, y puede significar, por el contrario, que hay lo que se podría llamar un exceso de planeación con el que se pretende que la Administración Departamental funcione en un ritmo constante, sin interrupciones. En la Alcaldía de Manizales se observa un fenómeno parecido, pero en menor proporción.
La evidencia de esta situación la tiene Colombia Compra Eficiente, que en su análisis de lo ocurrido en el 2014 estableció que la contratación directa fue de $21 billones, en 238.339 contratos durante el primer semestre, y con un aumento del 58% en el valor contratado después de terminada la vigencia de la Ley de Garantías. Así las cosas, parece prudente revisar las repercusiones de esta norma y analizar hasta qué punto se puede lograr una mayor transparencia si se hacen los ajustes del caso. Lo que debe garantizarse es que en ningún momento se frenen las obras de desarrollo ni los programas que apuntan a brindar calidad de vida a la población. También se debe tener en cuenta que la inversión pública es un motor clave de la economía, al que hay que mantener en marcha para no afectar el crecimiento del país y las regiones.
Esta Ley de Garantías también prohíbe a los servidores públicos presionar respaldos a campañas políticas, difundir propaganda a favor o en contra de cualquier partido, participar en reuniones proselitistas, inaugurar obras públicas o dar inicio a programas sociales. Es conveniente mantener algunas de estas restricciones, pero también valdría la pena sincerar la innegable afinidad de los funcionarios públicos con los partidos políticos, y en ese sentido podría resultar más transparente que hagan proselitismo de manera abierta y así los ciudadanos sepan atenerse a la realidad de intereses que mueven sus acciones.