Protestan por carteles con extranjeros
Señor director:

Nosotros, la Unión de Toreros de Colombia “Undetoc”, Sección Matadores de Toros y Novillos organización gremial de primer grado, identificada con NIT 860.026.529-7, con personería Jurídica mediante Resolución Nro.0112 del 23 de enero de 1956 expedida por el Ministerio del Trabajo de la República de Colombia, nos permitimos manifestar nuestro rotundo rechazo y voz de protesta frente a la forma como los encargados de organizar las ferias taurinas de las ciudades de Cali y Manizales, con la conformación de sus carteles anunciados para diciembre de 2022 y enero de 2023, aniquilan y mancillan al torero colombiano, anunciando una corrida de toros en Cañaveralejo con tres toreros extranjeros, y en el mismo sentido en la ciudad de Manizales una corrida con un torero en solitario (Sebastián Castella, de Francia) con seis toros el día 7 de enero de 2023, y al día siguiente un mano a mano con dos toreros extranjeros (El Juli de España y Andrés Roca Rey del Perú).
Si bien es cierto, la empresa gestora de la Feria Taurina de Manizales lleva a cabo una miniferia con toreros nacionales todos los años en el mes de octubre dentro de la celebración del cumpleaños de la ciudad de Manizales, y por su parte el empresario de la ciudad de Cali en esta temporada 2022 anuncia una corrida de toros con seis toreros colombianos en la Plaza Cañaveralejo, nunca podrán resarcir el agravio que para el torero colombiano implica que se lleven a cabo corridas de toros sin presencia en el cartel de al menos un diestro nacional.
Y es que no se entiende cómo es posible que entre todos los gremios taurinos (ganaderos, toreros, empresarios, periodistas, aficionados, entre otros), venimos librando enconadamente de manera unida batallas en defensa de nuestras expresiones y manifestaciones culturales frente a la constante arremetida de la moda antitaurina en nuestro país, pero al momento de conformar los carteles se nos ignore de los días más llamativos y de mayor interés para el aficionado dentro de la programación taurina, ignorando igualmente conquistas de años atrás en donde por ningún motivo era permitido que ocurriera tal vejamen. ¡Es reprochable e inconcebible!
Es más, si es que quisieran invocar ausencia de regulación legal al respecto, mucho menos daría lugar a tal argumento, toda vez que aunque la costumbre no es ley como tal, si puede llegar a serlo, y en el mismo sentido se debería dar aplicación a principios de analogía jurídica cuando brilla por su ausencia norma legal alguna en determinados temas como aquí se presenta, en donde dicha analogía debe aplicarse de la mano de la legislación nacional proteccionista de los artistas colombianos, los cuales siempre tendrán presencia en todo tipo de espectáculos cuando se anuncia un afamado y reconocido artista extranjero en los escenarios colombianos.
Todo esto sin pasar eso sí por alto lo categóricamente ordenado por la Ley 397 de 1997 que desarrolla los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de nuestra Carta Magna. Por si acaso, les recuerdo que el artículo 1 de la Ley Taurina Nacional (L-916 de 2004) tiene a “los espectáculos taurinos como una expresión artística del ser humano”. O es que acaso, ¿para defender nuestras manifestaciones artísticas y culturales si somos un sindicato gremial de toreros a tener en cuenta, pero no lo somos para conformar los carteles más atrayentes de la agenda taurina colombiana?
Ahora bien, ¿Esta es la fiesta brava que queremos y defendemos, maltratando y ninguneando a los toreros colombianos?
Guillermo Perlaruiz

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