Foto I Archivo I LA PATRIA
La idea de la Alcaldía de Manizales es comenzar la tarifa diferencial estudiantil por el Cable Aéreo, que cuenta con el sistema de recaudo electrónico.
Todo estaba listo, con invitaciones incluidas: Lanzamiento tarifa diferencial estudiantil. Martes: 19 de agosto, 9:30 a.m. Cable Aéreo estación Los Cámbulos. Ayer era el día para presentar este mecanismo con el cual la Alcaldía de Manizales prentende afianzar la ciudad educadora. Sin embargo, la fiesta quedó postergada ante un fallo judicial.
El aplazamiento es porque el Tribunal Administrativo de Caldas declaró la invalidez de los artículos primero y tercero del Acuerdo Municipal 1193 del 2025.
En el fondo es que faltó el trámite de las vigencias futuras para financiar el subsidio de transporte durante 2025, 2026 y 2027. Es decir, asegurar la plata para la operación de ese beneficio.
La Gobernación de Caldas fue la que demandó por considerar inválidos esos artículos. (ver recuadro Invalidados). Lea más adelante los argumentos de la Gobernación y los de la Alcaldía.
Una abogada, consultada por LA PATRIA, dijo que la Administración departamental desde el punto de vista de la Constitución Política de Colombia (artículo 305), de otras normas y desde el mismo manual de funciones del gobernador tiene la obligación de revisar acuerdos o decretos en busca de su legalidad.
Sobre el asunto de la tarifa diferencial dijo que fue porque se comprometió hasta un 30% del subidido de las vigencias 2026 y 2027, pero no se acreditaron los requisitos de vigencias futuras.
La profesional añadió: “El Municipio contestó diciendo que no estaban comprometiendo presupuesto de otras vigencias, pero el Tribunal consideró que sí, porque comprometieron ese 30% y nada se dijo sobre las fuentes específicas de financiación”.
Primero el cable aéreo
Se debe rercodar que, como lo ha explicado el secretario de Educación, Andrés Felipe Betancourth, se trata de un subsidio de transporte. “Lo que hacemos es que se unifica el valor para el cable, buses, busetas y colectivos en $2 mil 200”.
Betancourth manifestó que la tarifa diferencial será efectiva primero en el cable áreo, que comunica al Centro de Manizales, con el Terminal de Transportes y con Villamaría.
La razón: "Porque para poder tener un control real de cuánto paga el usuario y cuánto debe pagarle la Alcaldía a la empresa prestadora del servicio requiere de un sistema de recuado electrónico”.
Se espera beneficiar a cerca de 14 mil estudiantes, de estratos 1, 2 y 3 que estén matricualdos en colegios, educación terciaria y universidades, públicas y privadas, de la ciudad.
No se establecen recursos: Gobernación de Caldas
- La Gobernación de Caldas esgrimió que para la asignación de recursos, destinados al 2026 y al 2027, es necesaria la autorización de la constitución de vigencias futuras, cumpliendo además con los requisitos para la autorización de las mismas.
- De igual manera, se indicó que la financiación del mencionado subsidio se hará con cargo a los recursos del presupuesto aprobado para las vigencias 2025, 2026 y 2027 sin perjuicio de que tal subsidio pueda ser financiado con recursos públicos o privados.
- Que al momento de autorizarse gastos por parte del Concejo, a través de un acuerdo, el análisis del impacto fiscal de la medida deberá constar tanto en la exposición de motivos, cómo en las ponencias de trámite.
- Que para el caso en particular solo consta en la exposición de motivos y en la ponencia de primer debate, sin embargo, la ponencia de segundo debate adolece de tal requisito. De conformidad con lo anterior, no se establece en el acto administrativo de manera clara cuáles son los recursos que van a respaldar tal subsidio.
- Es claro que el Concejo para autorizar a comprometer recursos del presupuesto del Municipio de Manizales para la vigencia 2026 y 2027, como subsidio de hasta el 30% del valor de la tarifa correspondiente por la prestación de servicio de transporte público colectivo y mixto, así como para el sistema de cable aéreo, para cada uno de los beneficiarios, debió de tramitar vigencias futuras.
Alcaldía: Un nuevo proyecto
El secretario Jurídico de la Alcaldía, Andrés Mauricio Gaitán, explicó:
- Como Municipio de Manizales manifestamos que el Concejo tiene toda la facultad de reglamentar los servicios públicos, votar los gastos locales, de conformidad con el artículo 313 y 315 de la Constitución Política.
- Asimismo, que la financiación del subsidio correspondía a la Alcaldía en el proceso de liquidación del presupuesto anual y que si fuera necesario, el Ejecutivo podría haber solicitado la autorización de las vigencias futuras antes del 31 de diciembre.
- Consideramos que la Gobernación se apresuró en su revisión, pero somos respetuosos de los fallos judiciales, de las decisiones judiciales, en este punto acatamos la manifestación que hizo a través de la sentencia el Tribunal Administrativo.
- Vamos a incluir las vigencias futuras, como lo manifiesta el fallo judicial, y a la vez presentaremos un nuevo proyecto de Acuerdo con la misma justificación, con la misma exposición de motivos, pero apegándonos a esta decisión judicial para poder que el proceso salga bien y ya tenga toda la legalidad que manifestó el Tribunal Administrativo de Caldas.
- En esta etapa que estamos en sesiones extras del Concejo lo presentaremos. Y posteriormente, una vez se le dé el trámite pertinente a través del Concejo Municipal y una vez sea sancionado por el señor alcalde pues ya tendrá el control de legalidad nuevamente, y seguramente ya con estas correcciones quedará listo para darle aplicabilidad.
Invalidados
El Tribunal Administrativo de Caldas declaró la invalidez de estos artículos:
Artículo 1°: Subsidio: Establecer, como subsidio para la vigencia 2025, 2026 y 2027, hasta el 30% del valor de la tarifa que corresponde por la prestación del servicio de transporte público colectivo y mixto, y por el sistema de cable aéreo a razón de 48 pasajes al mes, máximo 4 diarios, por cada uno de los beneficiarios, conforme a la población focal que se define en el presente acuerdo y hasta el límite de los recursos presupuestados para el presente subsidio.
Artículo 3°: Financiación: La financiación del subsidio a otorgar, previsto en el presente Acuerdo, se efectuará con recursos del presupuesto aprobado para la vigencia 2025, 2026 y 2027 para el Municipio de Manizales.