EMPLAZAMIENTOS
EDICTO No. ESU 0141
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia de la causante VIRGINIA RINCÓN CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 26.674.030. Fallecida el día VEINTINUEVE (29) DE MARZO DEL DOS MIL VEINTICUATRO (2024), en el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS), y su último domicilio MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 4 DE AGOSTO DE 2025, el Doctor JAIRO ANDRÉS SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, abogado titulado y en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional número 296622 del Consejo Superior de la Judicatura y de la CÉDULA DE CIUDADANÍA número 1.110.512.913, quien obrando como apoderado de los señores ARNULFO REAL RINCÓN IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.171.044, BETTY YANETH ACUÑA RINCÓN IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA N° 30.346.221, MANUEL TIBERIO HERRERA RINCÓN IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.182.996, en su calidad de HEREDEROS LEGÍTIMOS, Y ÁNGELA MARÍA MORENO HUELGOS IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 41.948.363, en su calidad de HEREDERA POR REPRESENTACIÓN. Se inició el trámite mediante el ACTA N° AAS 0082 del 4 DE AGOSTO DE 2025, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 5 DE AGOSTO DE 2025 a las 8:00 am y se desfijará el día 16 DE AGOSTO DE 2025 a las 12:00 M. Este EDICTO se elaboró el día 4 DE AGOSTO DE 2025. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 16 DE AGOSTO DE 2025 a las 12:00 M.
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EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE GUÁTICA RISARALDA HACE SABER: Emplaza a todas las personas que se creen con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesorial del causante JOSÉ MENGILBER SOTO BALLESTEROS quien falleció el dieciséis (16) de febrero de dos mil veintitrés (2023) inscrita su defunción en el serial 04611291 de la Registraduría del Municipio de Guática Risaralda, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.344.103, falleció siendo soltero sin unión marital de hecho y tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Guática Risaralda. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta No. 008 de fecha cuatro (04) de Agosto de dos mil veinticinco (2025). Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3 del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por un término de diez días. El presente edicto se fija hoy cinco (05) de agosto de dos mil veinticinco (2025) a las 8 a.m.
EL NOTARIO PÚBLICO FERNANDO PINO GARCÍA.
8-VIII-25-H130948
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente Edicto, quieran oponerse, por ser lesivo de sus derechos como acreedores de los constituyentes; al trámite Notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE, sobre el siguiente inmueble: UN LOTE DE TERRENO MEJORADO CON CASA DE HABITACIÓN, ubicado en la Carrera 5ª con Calle 3 No. 3- 22 del área urbana del municipio de Riosucio, departamento de Caldas, inmueble identificado con la ficha catastral No. 17-614-01-00-00-00-0121-0031-0-00-00-0000 y la matrícula inmobiliaria No. 115-12746 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riosucio Caldas; cuya área y linderos se encuentran determinados en la escritura pública No. 475 del 16 de septiembre de 2021, otorgada en la Notaría Única del Círculo de Riosucio Caldas, trámite iniciado por el señor URIEL VILLANEDA MORENO, mayor de edad, vecino de Riosucio, de estado civil casado, con sociedad conyugal vigente, identificado con la cédula de ciudadanía No. 15.918.475 expedida en Riosucio Caldas. Para los fines indicados en el artículo 5o del Decreto 2817 de 2006, se fija el presente edicto por el término de quince (15) días hábiles en lugar visible de la Notaría, en el Periódico La Patria y se ordena su respectiva publicación. Dr. GERMÁN EDUARDO VALENCIA RESTEPO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 06 de agosto de 2025 - 7:30 a.m. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN:
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NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO
ANSERMA CALDAS
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO (ENCARGADA) DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la SUCESIÓN INTESTADA E ILÍQUIDA de la causante señora MARÍA ROSALBA MARTÍNEZ MESA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.383.789, fallecida en el
municipio de Anserma, departamento de Caldas, el nueve (09) de Febrero de dos mil veinticinco (2025). Para fines indicados en el artículo 3º del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy cinco (05) de Agosto del año dos mil veinticinco (2025) en lugar visible de la Notaría siendo
las ocho de la mañana (8:00 AM). LIZETH VANESSA PELÁEZ HURTADO. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO (ENCARGADA).
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EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE DOSQUEBRADAS EMPLAZA A todas las personas que crean tener derecho a intervenir en el trámite de sucesión intestada del causante el señor: JAVIER DE JESÚS VALENCIA CASTAÑEDA quien se
identificaba en vida con la cédula de ciudadanía No. 4.544.896, fallecido (a) el día 27 DE JUNIO DE 2023 en PEREIRA-RISARALDA cuya defunción fue registrada en la NOTARÍA QUINTA DEL CÍRCULO DE PEREIRA- RISARALDA, bajo el indicativo serial No. 10814403, trámite promovido y aceptado en esta Notaría según ACTA No. 54 de fecha 31 DE JULIO DE 2025, se fija el presente EDICTO EMPLAZATORIO dando cumplimiento al art. 3º del Dcto. 902 de 1988, reformado por el Dcto. 1729 de 1989 en la cartelera de esta Notaría por el término de diez (10) días, hoy PRIMERO (01) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025), a las 7:30 de la mañana y se entregan copias del mismo al interesado, para que proceda en el mismo término de fijación a hacer las publicaciones de rigor, por una sola vez, en un periódico de amplia circulación y en una emisora de la
ciudad. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY 01 DE AGOSTO DE 2025 SIENDO LAS 07:30 DE LA MAÑANA. FRANCISCO JAVIER GÓMEZ SOTO. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE DOSQUEBRADAS.
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EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA de la causante la señora NOHELIA LÓPEZ DE PIEDRAHÍTA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.262.979, fallecida el día 08 de marzo del año 2025 en Houston Texas Estados Unidos, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día VIERNES, PRIMERO (01) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), mediante ACTA NÚMERO QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO (545) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MIÉRCOLES, SEIS (06) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), siendo las ocho de la mañana (8:00 am.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-VIII-25-H130938
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA del causante el señor MEDARDO PINEDA CARDONA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 2.396.816, fallecido el día 23 de mayo del año 2025 en Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día LUNES, CUATRO (04) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), mediante ACTA NÚMERO QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO (548) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MIÉRCOLES, SEIS (06) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), siendo las ocho de la mañana (8:00 am.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-VIII-25-H130941
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA de la causante la señora MARÍA DORALICE VALENCIA PINEDA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.311.942, fallecida el día 08 de junio del año 2023 en Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día MIÉRCOLES, TREINTA (30) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), mediante ACTA NÚMERO QUINIENTOS TREINTA Y CINCO (535) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MIÉRCOLES, SEIS (06) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-VIII-25-H130942
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA DEL CAUSANTE el señor ARMANDO GÓMEZ ROBLEDO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.318.126, fallecido el día 16 de marzo del año 2011 en la ciudad de Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día VIERNES, PRIMERO (01) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), mediante ACTA NÚMERO QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO (544) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MIÉRCOLES, SEIS (06) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-VIII-25-H130937
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante LUZ MARÍA GAVIRIA DUQUE, con cédula de ciudadanía número 30.281.751, fallecida en la ciudad de Manizales, el día 15 de abril de 2021, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número CIENTO TREINTA Y DOS (132) del día primero (01) de agosto de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy seis (06) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). JORGE NOEL OSORIO CARONA. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).
8-VIII-25-H130944
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA de la causante la señora DIOSELINA VARGAS FRANCO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.823.477, fallecida el día 11 de enero del año 2022 en la ciudad de Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día LUNES, VEINTIOCHO (28) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), mediante ACTA NÚMERO QUINIENTOS VEINTIOCHO (528) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MIÉRCOLES, SEIS (06) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-VIII-25-H130939
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA de los CAUSANTES los señores CRISTÓBAL ZAPATA GALLEGO Y ESTHER GILMA VILLADA DE ZAPATA, quienes en vida se identificaban con las cédulas de ciudadanía números 2.316.804 Y 28.737.556, fallecidos el día 28 de marzo del año 2021 y 24 de noviembre del año 2014, respectivamente en la ciudad de Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal
de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día LUNES, VEINTIOCHO (28) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), mediante ACTA NÚMERO QUINIENTOS VEINTINUEVE (529) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el MIÉRCOLES, SEIS (06) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), siendo ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-VIII-25-H130943
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA de los CAUSANTES los señores MELVA LÓPEZ DE RESTREPO Y CARLOS HERNÁN RESTREPO HURTADO, quienes en vida se identificaban con las cédulas de ciudadanía números 24.302.158 Y 10.214.743, fallecidos el día 04 de febrero del año 2017 y 11 de abril del año 2023, respectivamente en la ciudad de Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día MIÉRCOLES, TREINTA (30) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), mediante ACTA NÚMERO QUINIENTOS TREINTA Y TRES (533) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el MIÉRCOLES, SEIS (06) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), siendo las ocho de la mañana (8:00 am.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
8-VIII-25-H130940
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: CEDULIO BLANDÓN (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 13.900.039 expedida en Cimitarra, fallecido en la ciudad de Bogotá, D.C., el día veinticuatro (24) de octubre del año dos mil trece (2013), según consta en el registro civil de defunción bajo Indicativo Serial 08555519 expedido por la Notaría Treinta y Ocho (38) del Círculo Notarial de Bogotá, D.C., con fecha 25 de octubre del año 2013, siendo el municipio de Samaná el asiento principal de sus negocios y la ciudad de Bogotá, D.C., donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 019 del cinco (05) del mes de agosto del año 2025. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy 6 de agosto de 2025, a las 7:30 a.m. El Notario, HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. El presente Edicto se desfija hoy ____ de ____ de 2025 a las 6:00 p.m. HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ.
8-VIII-25-H130950
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a Ia publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: LUIS EDUARDO BEDOYA GIL (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 4.566.330 expedida en Samaná fallecido en la ciudad de Honda, Tolima, el día cinco (05) del mes de septiembre del año dos mil veintiuno (2021), según consta en el registro civil de defunción bajo Indicativo Serial 10463068 expedida por Ia Notaría Única de Honda, con fecha 06 de septiembre del año 2021, siendo el municipio de Samaná el lugar de su domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 020 del cinco (05) del mes de agosto del año 2025. Se ordena Ia publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en Ia Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy 6 de agosto de 2025, a las 7:30 a.m. El Notario, HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. El presente Edicto se desfija hoy ____ de ____ de 2025 a las 6:00 p.m. HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ.
8-VIII-25-H130951