¿Y Derecho?

Los artículos 67 a 69 de la Constitución prevén el derecho a la educación tanto en el ámbito público como en el privado, y para todos sus niveles, incluida por supuesto la educación universitaria, prerrogativa aquella que hace parte del capítulo de derechos sociales, económicos y culturales contemplados en la misma carta política. 
Como prerrogativa, la educación es tanto un derecho de la persona, como un servicio público con función social, con la cual se busca “el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura”; a través de ella se debe formar al colombiano en el respeto a los derechos humanos, la paz y la democracia. También prescribe el texto constitucional que compete al Estado “regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su ‘calidad’, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos…”. Nuestro ordenamiento fundamental establece, así mismo, la oportunidad para los particulares de “fundar establecimientos educativos”, y que la enseñanza debe estar a cargo de personas “de reconocida idoneidad ética y pedagógica”. 
En lo que atañe a la educación superior, que regula la ley 30 de 1992, constituye una de las finalidades sociales del Estado, y a través de ella se “posibilita el desarrollo de las potencialidades del ser humano de una manera integral…y tiene por objeto el pleno desarrollo de los alumnos y su formación académica o profesional”. 
Hago este preámbulo movido por la inquietud que me generó el informe que presentó el diario “La Patria” hace exactamente 15 días (miércoles 14 de junio), donde publicó el “Balance de Manizales en procesos de calidad”, señalando que las universidades están cada vez más acreditadas, pero en ninguna parte de la publicación relativa a los programas de pregrado se observa la facultad de derecho de la universidad de Manizales, cuya acreditación sí la tiene la universidad de Caldas, y en búsqueda de ella se halla la facultad de leyes de la Universidad “Luis Amigó”. Se conoce que la escuela de derecho de aquella alma mater gozó de ese privilegiado estatus. Y me sorprende aún más cuando también se sabe que dicha facultad, junto con las de Contaduría y Psicología (la de Economía desapareció), representan la parte más emblemática de la universidad, como quiera que con ellas se le dio origen hace un poco más de 50 años a la antigua “Cooperativa para el Fomento de la Educación superior” o universidad cooperativa como también se le llamó, hoy prestigiosa universidad de Manizales, acreditación con la que sí cuentan las escuelas de Contadores públicos y de Sicólogos, y otros programas de pregrado más nuevos como Administración de empresas, Mercadeo, Comunicación social, Medicina e Ingeniería de sistemas y telecomunicaciones.
Si no ocurrió con la publicación un lapsus u omisión involuntaria con la información dada, las directivas de la universidad de Manizales, por la que sin ser su egresado le  tengo un especial aprecio y respeto que me han movido igualmente a hacer este escrito, sí deben proceder a la revisión de la parte administrativa y quizás curricular de la facultad mencionada, cuyos profesionales tanto deben aportar o hacer por nuestro país; así como que se promueva una decidida formación de sus docentes (art. 123 Ley 30 de 1992), ofrezca remuneraciones atractivas para destacados profesionales evitando improvisar en la consecución de profesores; propender más por el multilingüismo (más de 15 años insistí por la implementación del francés hasta que al fin se logró con la Alianza Francesa), permitir que los recién egresados gocen, por similar tiempo, lo mismo que lo hacen otras universidades, de una adecuada preparación profesional, especialmente en su judicatura.  
Con el Sistema Nacional de Acreditación para las instituciones de educación superior lo que se busca es garantizarle a la sociedad que las que hacen parte del Sistema, cumplan con los más altos estándares de calidad, y que realizan sus propósitos y objetivos; y aunque es voluntario acogerse a él, no por ello resulta menos trascendente o importante. Quienes logran la acreditación se benefician de gracias que concede la ley y las que determina el Consejo Superior de Educación Superior, y también contribuye a un posicionamiento nacional e internacional para intercambios con sus pares.
En alguna ocasión una universidad privada le ofreció una cátedra a un destacado profesional del derecho; él exigió que por su labor se le pagara al menos lo mismo que ganaba por hora un animador de fiestas de niños (payaso); no llegaron a acuerdo alguno.