La responsabilidad jurídica de las notarías
Señor director: 

En 1962 se expidió la Ley 1a. con la que se erigió la Superintendencia de Notariado y Registro. El Decreto 1298 del mismo año aprobó sus estatutos como nueva entidad, como establecimiento público, con personería jurídica y patrimonio propio. Dentro de las funciones principales tiene el registro civil. El estado civil de una persona atañe su situación jurídica en la familia y la sociedad, establece su capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones como matrimonio civil, capitulaciones, divorcios de común acuerdo, sucesiones de común acuerdo, escrituración comercial, escrituración civil, autenticaciones, declaraciones extrajudiciales, cancelación de patrimonio de familia por mayoría de edad de los hijos, afectación a vivienda familiar, entre muchas más. De ahí la inmensa responsabilidad que tienen de prestar una asesoría jurídica adecuada y sería, ceñida estrictamente la ley y a la legalidad. En Manizales el servicio en general es bueno, pero sorprende que no todos los funcionarios están a la altura, pues en algunos casos nos enteramos que presentan serias falencias, estando en la obligación de mejorar y es los notarios que recae dicha responsabilidad. Las personas acuden buscando que lo requerido les satisfaga y tener certeza en la protección cuando se trata de su patrimonio, pues por un error mínimo que cometan afecta terriblemente sus intereses pecuniarios Considero que la Superintendencia de Notariado y Registro debe hacer una vigilancia rígida de manera permanente y estar evaluando el ejercicio de los empleados.
Álvaro Alzate Ussma

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