EMPLAZAMIENTOS

 

EDICTO

LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE SUPÍA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de la herencia de la causante: SOR PIEDAD VALENCIA GARCÍA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 33.992.195 de Supía Caldas, fallecida el 22/06/2021, en la ciudad de Pereira Risaralda. Siendo su último domicilio el municipio de Supía Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 024 del 02/09/2025, se ordena la publicación del presente edicto en el periódico, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 03 del mes de Septiembre de 2025 a las 8.00 AM. WAGNER ZULUAGA PINEDA. NOTARIO ÚNICO.

5-IX-25-H131129

 

EDICTO Nº ESU 0162

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del (los) causante(s) MARIO FERNANDO VEGA NIÑO CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.174.007. Fallecido(s) el 29/09/2013, en la ciudad de LA DORADA, CALDAS, y su último domicilio LA DORADA, CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 2 DE SEPTIEMBRE DE 2025, por DAVID FERNANDO VEGA MUÑOZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.007.624.120, Y MARIO GIOVANNY VEGA COGI IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.096.189.455, EN CALIDAD DE HEREDEROS. Se inició el trámite mediante el ACTA Nº 0094 del 3 DE SEPTIEMBRE DE 2025, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 4 DE SEPTIEMBRE DE 2025 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 15 DE SEPTIEMBRE DE 2025 a las 6 PM (M/PM). Este EDICTO se elaboró el día 3 DE SEPTIEMBRE DE 2025. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 15 DE SEPTIEMBRE DE 2025 a las 6 PM (M/PM). EL NOTARIO.

5-IX-25-H131132

 

EDICTO

EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MARULANDA-CALDAS CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante JOSÉ DE JESÚS MURCIA SANABRIA C.C. 4.558.152 expedida en Salamina, Caldas, quien falleció el catorce (14) del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023) en el municipio de Envigado, Antioquia, siendo el municipio de Marulanda, Caldas, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido mediante Acta número CERO CUATRO (04) de fecha 04 de septiembre de 2025. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional, y en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3º y 4º del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, desde el día (05) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) a las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se desfija el día (18) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) a las seis de la tarde (6:00 p.m.). YONATHAN AMED VELÁSQUEZ ORTIZ. Notario Único del Círculo de Marulanda, Caldas.

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EDICTO

LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MARQUETALIA CALDAS

CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite de liquidación sucesión Notarial intestada del causante GILBERTO ARISTIZÁBAL GIRALDO (q.e.p.d.), identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.565.973, quien falleciera el 26 de julio 2025 en Manizales-Cds., siendo Marquetalia-Cds, el último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido mediante Acta número TRECE (#013) de fecha 04/septiembre 2025. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3o y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, desde el día 5 de septiembre / de dos mil veinticinco (2025) a las ocho de la mañana (8 A.M). ALICIA HURTADO GARCÍA. Notaria Única del Círculo.

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EDICTO

EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MARULANDA-CALDAS CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante RUBÉN DARÍO CUERVO CORREA C.C. 10.261.527 expedida en Manizales, Caldas, quien falleció el primero (01) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018) en el municipio de Manizales, Caldas, siendo el municipio de Marulanda, Caldas, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido mediante Acta número CERO CINCO (05) de fecha 04 de septiembre de 2025. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional, y en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3º y 4º del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, desde el día (05) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) a las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se desfija el día (18) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) a las seis de la tarde (6:00 p.m.). YONATHAN AMED VELÁSQUEZ ORTIZ. Notario Único del Círculo de Marulanda, Caldas.

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EDICTO

EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia de los causantes: JOSÉ MANUEL CORTÉS OSPINA Y ANA OLIVA OSORIO DE CORTÉS (Q.E.P.D.), quienes en vida se identificaban, el primero, con cédula de ciudadanía número 1.395.492 expedida en Samaná, fallecido en la ciudad de Manizales el día veintiocho (28) de enero del año dos mil dos (2002), según consta en el registro civil de defunción bajo Indicativo Serial 03886458 expedido por la Notaría Quinta (5a) del Círculo Notarial de Manizales, con fecha 23 de enero del año 2025, y la segunda, con cédula de ciudadanía número 25.124.234 expedida en Samaná, fallecida en la ciudad de Manizales el día once (11) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), según consta en el registro civil de defunción bajo Indicativo Serial 11389634 expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil - Oficina de Manizales, con fecha 23 de enero del año 2025, siendo el municipio de Samaná el lugar de su domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejaron sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 023 del dos (02) del mes de septiembre del año 2025. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy 03 de septiembre de 2025, a las 7:30 a.m. El Notario, HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. El presente Edicto se desfija hoy ___ de ____ de 2025 a las 6:00 p.m. HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ.

5-IX-25-H131130

 

EDICTO

EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: ANA ELVIA OSPINA DE MOLANO (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 25.127.550 expedida en Samaná, fallecida en la ciudad de Manizales el día doce (12) de enero del año dos mil veinticinco (2025), según consta en el registro civil de defunción bajo Indicativo Serial 11177406 expedido por la Notaría Quinta (5a) del Círculo Notarial de Manizales, con fecha once (11) de febrero del año 2025, siendo el municipio de Samaná el lugar de su domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejaron sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 024 del tres (03) del mes de septiembre del año 2025. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy 04 de septiembre de 2025, a las 7:30 a.m. El Notario, HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. El presente Edicto se desfija hoy ___ de _____ de 2025 a las 6:00 p.m. HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ.

5-IX-25-H131131

 

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EDICTOS 5 DE SEPTIEMBRE DE 2025

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