EMPLAZAMIENTOS
EDICTO No. ESU 0108
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del causante CARLOS JULIO CÁCERES CARDONA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.161.889. Fallecido el día DIECISIETE (17) DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO (2018), en el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS), y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 13 DE JUNIO DE 2025, por el señor JUAN CARLOS CÁCERES TRUJILLO IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 16.015.122, EN CALIDAD DE HEREDERO LEGÍTIMO. Se inició el trámite mediante el ACTA N° AAS 0056 del 13 DE JUNIO DE 2025, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 14 DE JUNIO DE 2025 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 26 DE JUNIO DE 2025 a las 6:00 PM. Este EDICTO se elaboró el día 13 DE JUNIO DE 2025. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 26 DE JUNIO DE 2025 a las 6:00 PM.
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EDICTO No. ESU 0109
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del (los) causante(s) EMPERATRIZ ROMERO CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 24.701.332. Fallecido(s) el 22/05/2024, en la ciudad de BOGOTÁ, D.C., y su último domicilio LA DORADA, CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 13 DE JUNIO DE 2025, por RAFAEL SALCEDO ROMERO IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.168.135, MARÍA YOLANDA GUERRERO ROMERO IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 20.829.073, JOSEFINA GUERRERO ROMERO IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 20.829.167, LUZ STELLA SALCEDO ROMERO IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 20.828.641, CLARA INÉS SALCEDO ROMERO IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 20.828.645, ANA JOSEFA REINA SALCEDO IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 20.829.852, Y JESÚS ANTONIO ROJAS SALCEDO IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.073.325.746, EN CALIDAD DE HEREDEROS - HEREDEROS POR REPRESENTACIÓN. Se inició el trámite mediante el ACTA No. 0057 del 13 DE JUNIO DE 2025, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 14 DE JUNIO DE 2025 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 26 DE JUNIO DE 2025 a las 6 PM (M/PM). Este EDICTO se elaboró el día 13 DE JUNIO DE 2025. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 26 DE JUNIO DE 2025 a las 6 PM (M/PM). EL NOTARIO.
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EDICTO NÚMERO 021
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PUERTO SALGAR - CUNDINAMARCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante ALCIRA GONZÁLEZ DE PÁEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 27.609.181, fallecida el día 02 de mayo de 2023 en Neiva - Huila, pero el lugar donde tuvo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, fue el municipio de Puerto Salgar - Cundinamarca, para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto se hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 14 # 9-59 de Puerto Salgar - Cundinamarca y hagan valer sus derechos. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número cero veintiuno (021) de fecha 12 de junio de 2025, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y 3° del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible en la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 13 de junio de 2025 a las 7:30 A.M. WILLIAM EDUARDO JIMÉNEZ LEAÑO. NOTARIO ÚNICO DE PUERTO SALGAR – CUNDINAMARCARCA.
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EDICTO No. ECPF 0110
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA - NOTARIO INTERINO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de CONSTITUCIÓN VOLUNTARIA DE PATRIMONIO INEMBARGABLE DE FAMILIA ANTE NOTARIO, el cual recaerá sobre el siguiente bien o bienes inmuebles: MATRÍCULA INMOBILIARIA 106-30032 OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE LA DORADA. FICHA CATASTRAL 17380-0100000002160019000000000. TIPO DE PREDIO URBANO. DEPARTAMENTO CALDAS. MUNICIPIO LA DORADA. DIRECCIÓN CARRERA 6 NÚMERO 18-57. PROPIETARIO
EDER GIOVANNY LINARES ORDÓÑEZ. IDENTIFICACIÓN DEL
PROPIETARIO CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.189.573. Quienes se consideren con derecho a concurrir a oponerse a la constitución del patrimonio de familia por ser lesivo de sus derechos como acreedores del CONSTITUYENTE NOMBRE EDER GIOVANNY LINARES ORDÓÑEZ IDENTIFICACIÓN CÉDULA DE CIUDADANÍA Nº 10.189.573 deberán hacerlo dentro del término DE QUINCE (15) días hábiles, durante el cual permanecerá fijado este edicto en lugar visible de la Notaría, así: FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 17 DE JUNIO DE 2025 A LAS 8 A.M. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: 28 DE JUNIO DE 2025 a las 12 M (M/PM). Este trámite se cumple por solicitud del propietario del inmueble, presentada el 13 DE JUNIO DE 2025 en esta Notaría. Se inició el trámite mediante el acta No. CATORCE (14) del 16 DE JUNIO DE 2025 por la cual se dispuso la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de Quince (15) días y la publicación del edicto, dentro de ese término, en un periódico de amplia circulación en la ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 5º del decreto 2817 de 2006, por el cual se reglamentó el art. 37 de la Ley 962 de 2005. El presente edicto se fija EL DÍA 17 DE JUNIO DE 2025 siendo las 8:00 AM. Este EDICTO se elaboró el día 16 DE JUNIO DE 2025. EL NOTARIO, JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA.
17-VI-25-H130620
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA
PALACIO DE JUSTICIA
CALLE 22 N 4-A-30 PISO 6 OF. 601 CHINCHINÁ - CALDAS TELÉFONO - 8505170
Correo electrónico: j01prfchi@cendoj.ramajudicial.gov.co
ACTA POSESIÓN APOYO JUDICIAL
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA. Chinchiná Caldas, doce (12) de junio de dos mil veinticinco (2025). En la fecha se hace presente al despacho la señora MARÍA OFELIA RAMÍREZ RINCÓN, identificada con CC. 24.625.141, con el fin de tomar posesión en su condición de APOYO JUDICIAL de su hermana MARÍA LUCILA RAMÍREZ RINCÓN con CC. 30.359.367, para el que fue designada mediante providencia del 06 de Junio de 2025 para efectos de: 1-Adelantar los trámites pertinentes a la consecución de la indemnización en calidad de víctima, que pueden generarse en favor de la señora MARÍA LUCILA RAMÍREZ RINCÓN, ante la Unidad de Víctimas UARIV o entidad que haga sus veces. 2-Se autoriza igualmente a la señora MARÍA OFELIA, para que sea poyo de su hermana en la apertura y manejo de cuentas de ahorros, cambios de claves y demás trámites ante entidades financieras, a efecto de ejercer la administración de dicho beneficio.
3-Se compromete la señora MARÍA OFELIA a realizar el manejo de la indemnización a que haya lugar de manera prudente y diligente, en beneficio de su hermana MARIA LUCILA. Bajo la gravedad de juramento la señora MARÍA OFELIA RAMÍREZ RINCÓN manifiesta cumplir bien y fielmente con los deberes que el cargo le impone, quedando debidamente posesionada. SANDRA MILENA VALENCIA RÍOS. -Juez-. MARÍA OFELIA RAMÍREZ RINCÓN. -Posesionada-.
17-VI-25-H130622
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión Doble e Intestada de los causantes BERTULFO ARANGO HERNÁNDEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 1.319.516, fallecido en la ciudad de Manizales, el día 09 de octubre de 2014 y MARÍA AURA LÓPEZ DE ARANGO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 24.829.048, fallecida en la ciudad de Manizales, el día 22 de julio de 2024, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número NOVENTA Y CINCO (095) del día cinco (05) de junio del año (2025), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil Veinticinco (2025), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).
CARMEN TRUJILLO MOLINA. NOTARIA PRIMERA (E) DE MANIZALES. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: JUNIO (25) DEL AÑO 2025 HORA: 6:00 PM.
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