EMPLAZAMIENTOS
JUZGADO PRIMERO PROMISCUO
MUNICIPAL VILLAMARÍA, CALDAS
Carrera 3 N° 08-03 esquina, Palacio de Justicia, Villamaría
j01prmpalvillam@cendoj.ramajudicial.gov.co
(606) 8776715
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS DE VILLAMARÍA, CALDAS. CITA Y EMPLAZA: A FELIPE ALBERTO GIRALDO ALZATE, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.053.811.571 expedida en Manizales - Caldas, nacido el 01 de mayo de 1991 en el municipio de Manizales - Caldas. La anterior persona es requerida por la Fiscalía Siete (07) Seccional Caivas Seccional de Manizales, Caldas, para formularle imputación por el delito de actos sexuales con menor de 14 años agravado, en concurso, artículos 209 y 211 numeral 5, en concordancia con lo previsto en el artículo 31 del Código Penal (Ley 599 de 2000), dentro de la investigación penal con código único de investigación número 17-001-60-00030-2024-01082. Este edicto se fija en lugar visible de la Secretaría del Despacho, al igual que en el micro sitio web de la rama judicial correspondiente a este Juzgado, por el término de cinco (5) días hábiles y se publicará en un medio radial y de prensa de cobertura local. Se le advierte al señor FELIPE ALBERTO GIRALDO ALZATE que su no comparecencia durante el término antedicho le acarreará la declaratoria de persona ausente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 906 de 2004. Se fija el presente edicto el día cuatro (04) de junio de 2025.
Villamaría, Caldas, tres (03) de junio de 2025. YAMILÉ GAITÁN GONZÁLEZ. Secretaria. Firmado Por: Yamilé Gaitán González. Secretaria. Juzgado Municipal. Juzgado 001 Promiscuo Municipal Villamaría – Caldas. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: 97845ec83c2186ef6a2312df5c4f84e9e5169ca5388c71ce0e85bde5b2fe22b6. Documento generado en 03/06/2025 02:11:59 PM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica
9-VI-25-H130585