Conozca su fecha límite para declarar renta y evítese la sanción.

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Conozca su fecha límite para declarar renta y evítese la sanción.

LA PATRIA | Manizales

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dio a conocer las fechas para la Declaración de Renta del período gravable 2023, que este 2024 iniciará el 12 de agosto y se extenderá hasta el 24 de octubre para personas naturales.

Para saber si como persona natural se debe presentar declaración de renta, la DIAN establece cada año los topes mínimos teniendo en cuenta factores como ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias del año anterior.

No están obligados a presentar declaración de renta las personas naturales cuyo patrimonio bruto del año gravable a declarar no exceda de $190.854.000, quienes tengan ingresos brutos inferiores a $59.377.000 y quienes tengan consumos con tarjeta de crédito inferiores a $59.377.000.

Tampoco están obligados a declarar quienes tengan compras y consumos inferiores a $59.377.000 y quienes el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no exceda los $59.377.000. Deberán declarar todas las personas que excedan los topes anteriormente mencionados.

"En la declaración de renta de personas naturales se aplicarán por primera vez cerca de 19 novedades introducidas con la Ley 2277 de 2022 y sus decretos reglamentarios. Adicionalmente, se deberán tener en cuenta los nuevos formularios y formatos de conciliación fiscal, entre otras novedades", reconoció el contador público de la U. de Manizales John Freddy Martínez Loaiza.

Recordó que las personas naturales cuando están obligadas a pagar renta deben hacerlo en una sola cuota en los meses de agosto a octubre según los dos últimos dígitos de la cédula. "Se debe tener cuidado con la fecha porque la sanción mínima por extemporaneidad es de $471.000".

Las fuerzas militares y de Policía gozan de una exención especial en el impuesto a la renta, diferente y adicional a la exención del 25% que todo contribuyente tiene sobre sus rentas laborales, y sobre las que no existe límite en su monto o valor.

"Si bien la página de la DIAN arroja una declaración sugerida, es importante que consulte a un profesional en temas tributarios para obtener asesoramiento específico en caso de alguna duda o un concepto que no considera claro. El llamado es a realizar las consultas con tiempo porque la fecha de declarar es impostergable", precisó Martínez Loaiza.

 

Las principales novedades para declarar renta este año

  1. Renta Líquida Cedular: A partir del año gravable 2017, se eliminaron las categorías tributarias para clasificar a las personas naturales (empleados, trabajadores por cuenta propia, etc.). Ahora, se asigna cada tipo de ingreso en una cédula específica, y se calcula la renta líquida cedular de forma independiente, aplicando luego una tarifa.
  2. Deducción por Maternidad e Incremento por Gastos de Guardería: Se han introducido cambios en la deducción por maternidad desde el 1 de enero de 2023. Además, tras una sentencia del Tribunal Supremo en enero de 2024, también hay novedades en el incremento por gastos de guardería.
  3. Deducción por Adquisición de Vehículos Eléctricos e Instalación de Puntos de Recarga: Ahora puedes deducirte en la declaración de renta las cantidades satisfechas por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como por la instalación de puntos de recarga.
  4. Impuesto sobre el Patrimonio: Accede a toda la información y gestiones para cumplir y presentar con la declaración de Patrimonio correspondiente al ejercicio 2023.
  5. Si a partir de enero de 2023 usted solicita factura electrónica por cada compra que hace o por cada servicio que adquiere, podrá descontar el 1% de dichas adquisiciones en la declaración de renta del 2024.

 

Tipos de sanciones

Las sanciones tributarias para el año 2023 se dan por:

  • Sanción por no declarar.
  • Sanción por extemporaneidad.
  • Sanción por corrección en las declaraciones tributarias.
  • Sanción por corrección aritmética.
  • Sanción por inexactitud.
  • Sanción por omisión de activos e inclusión de pasivos inexistentes.
  • Sanción por omisión de ingresos.

 

Los principales beneficios tributarios en Colombia

  1. Rentas exentas automáticas.
  2. Contribuciones a la seguridad social.
  3. Aportes voluntarios a salud y/o pensiones.
  4. Rentas exentas de pensionados.
  5. Cuentas preferenciales de ahorro.
  6. Intereses hipotecarios.
  7. Deducciones por dependientes.
  8. Costo de rentas de capital.

 

Documentos necesarios para declarar renta

  1. Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes emitidos por los bancos o corporaciones de ahorro.
  2. Certificados de las inversiones por ejemplo: CDT, bonos.
  3. Estado de cuenta, de impuesto predial de los bienes inmuebles que posea.
  4. Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles.
  5. Factura de compra o documento donde conste el valor de compra de vehículos y estado de cuenta de impuesto de vehículos.
  6. Relación de los muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición más adiciones y mejoras.
  7. Certificado de avalúo técnico de los bienes incorporales tales como good will, derechos de autor, propiedad industrial, literaria, artística, científica y otros.
  8. Letras, pagarés y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas, conforme a la ley.
  9. Certificado de ingresos y retenciones laborales.
  10. Certificados de Ingresos por concepto de honorarios, comisiones y servicios.
  11. Certificados de los rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
  12. Certificados de ingresos recibidos durante el año por concepto de utilidades repartidas por sociedades liquidadas.
  13. Certificados de ingresos recibidos por concepto Incentivo a la Capitalización Rural, ICR.
  14. Certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda.
  15. Certificados por pagos de salud y educación.
  16. Relación de facturas de gastos, indicando el valor total.
  17. Relación de los pagos efectuados a sus empleados por concepto de sueldos, bonificaciones, vacaciones, cesantías y otros.
  18. Todos los documentos que respalden ingresos, costos, deducciones, patrimonio, emitidos por las entidades o personas competentes.
  19. Declaraciones de renta de los cinco (5) últimos años.

 

Las fechas para declarar

Últimos dígitos de su NIT | Fecha límite para declarar

01 y 02 12 de agosto del 2024

03 y 04 13 de agosto del 2024

05 y 06 14 de agosto del 2024

07 y 08 15 de agosto del 2024

09 y 10 16 de agosto del 2024

11 y 12 20 de agosto del 2024

13 y 14 21 de agosto del 2024

15 y 16 22 de agosto del 2024

17 y 18 23 de agosto del 2024

19 y 20 26 de agosto del 2024

21 y 22 27 de agosto del 2024

23 y 24 28 de agosto del 2024

25 y 26 29 de agosto del 2024

27 y 28 2 de septiembre del 2024

29 y 30 3 de septiembre del 2024

31 y 32 4 de septiembre del 2024

33 y 34 5 de septiembre del 2024

35 y 36 6 de septiembre del 2024

37 y 38 9 de septiembre del 2024

39 y 40 10 de septiembre del 2024

41 y 42 11 de septiembre del 2024

43 y 44 12 de septiembre del 2024

45 y 46 13 de septiembre del 2024

47 y 48 16 de septiembre del 2024

49 y 50 17 de septiembre del 2024

51 y 52 18 de septiembre del 2024

53 y 54 19 de septiembre del 2024

55 y 56 20 de septiembre del 2024

57 y 58 23 de septiembre del 2024

59 y 60 24 de septiembre del 2024

61 y 62 25 de septiembre del 2024

63 y 64 26 de septiembre del 2024

65 y 66 27 de septiembre del 2024

67 y 68 1 de octubre del 2024

69 y 70 2 de octubre del 2024

71 y 72 3 de octubre del 2024

73 y 74 4 de octubre del 2024

75 y 76 7 de octubre del 2024

77 y 78 8 de octubre del 2024

79 y 80 9 de octubre del 2024

81 y 82 10 de octubre del 2024

83 y 84 11 de octubre del 2024

85 y 86 15 de octubre del 2024

87 y 88 16 de octubre del 2024

89 y 90 17 de octubre del 2024

91 y 92 18 de octubre del 2024

93 y 94 21 de octubre del 2024

95 y 96 22 de octubre del 2024

97 y 98 23 de octubre del 2024

99 y 00 24 de octubre del 2024

 


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