La fallecida.

La fallecida.

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32 meses de condena, en segunda instancia, le confirmó el Tribunal Superior de Manizales a Ronal Humberto Hurtado León, por homicidio culposo.

Según narró la Fiscalía, el 22 de julio del 2017, a las 8:07 de la mañana, en la calle 18 con carrera 9 del barrio El Cabrero (La Dorada), Ronal Humberto conducía el furgón de placas VEI-378 y colisionó con la motocicleta de placas KHD-35A, ocupada por María Camila Herrera Pedroza, de 18 años, quien perdió la vida en el mismo lugar por lesiones graves en la cabeza.

El 30 de enero del 2019, ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de La Dorada en Función de Control de Garantías le imputaron homicidio culposo, sin que aceptara cargos, ni fuera afectado con medida de aseguramiento.

El juicio oral se llevó a cabo durante los días 6 y 7 de julio del 2021; 21 de febrero, 28 de abril y 27 de julio del 2022, con sentido de fallo condenatorio. La pena fue de 32 meses de prisión, prohibición del derecho a conducir vehículos por 48 meses e interdicción de derechos y funciones públicas por igual tiempo. Quedó libre, con compromisos, pues la sentencia es menor a cuatro años.

Se demostró su responsabilidad en el deceso de la víctima, dada su desatención a la norma de tránsito que le mandaba detener la marcha del vehículo al llegar a la intersección en la que la motociclista llevaba la prelación, generándose así una colisión por falta de cuidado del procesado, indicó la sentencia.

 

Del analista

La declaración de Alexander Valencia, analista de información de la empresa que efectúa el monitoreo satelital del furgón, indicó que, con base en el estudio de los datos del GPS del camión, el hoy condenado cruzó la intersección entre la calle 18 y la carrera 9 a 22 km/hora, deteniéndose abruptamente más adelante.

El abogado había alegado que existían otras pruebas de que su defendido sí acató la señal de tránsito, como lo referido por Orlando Lozada Conde, "quien además de haber visto la parada del carro y la alta velocidad de la motociclista, habló sobre las constantes quejas de los conductores sobre los reportes errados de los GPS, que incluso los comunicaban en municipios diferentes".

El Tribunal confirmó la condena y adujo que hay suficientes pruebas para sentenciar.

"Omitir la señal de Pare fue la causa del deceso. Ha de tenerse en cuenta que la vía por la que transitaba la joven es una recta que posibilitaba la visión del chofer hasta una distancia considerable y que en la escena no se registró ningún elemento que pudiese sugerir un exceso de velocidad, pues no se advirtieron huellas de frenado ni de arrastre dejadas por la motocicleta. Esta última tampoco sufrió daños de consideración, ni cayó lejos del sitio del accidente, como indicativos de que su rapidez fuera tanta que no estuviera en el rango visual de Ronal cuando arribó a la esquina".

 

Recuerdos

María Camila era estudiante de la Institución Educativa Dorada y residía en el barrio Las Margaritas. La víctima cumplió su mayoría de edad el 10 de abril anterior al accidente. Hizo la primaria en la Institución Educativa El Carmen y cursaba grado 10 para el momento del suceso, en la jornada de la mañana.

Sus amigos y familiares la describieron como una joven extrovertida, alegre, sociable, que le gustaba jugar voleibol y bailar. Era hija única y convivía con su madre, cabeza de familia, quien labora en una droguería del puerto caldense.

 

 

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